Dirección de Control

Danilo A. Briones Quiñones – Director de Control

ABOGADO – PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA.

Su Nombramiento como Director es el 01 de Diciembre del año 2016. Su función es verificar y controlar la legalidad en el cumplimiento de los objetivos, planes y programas del Municipio, tomando en consideración las instrucciones técnicas de la Contraloría General de la República y disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

Funciones del Departamento

  1. Realizar la auditoría operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación;
  2. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal;
  3. Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible;
  4. Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario; asimismo, deberá informar, también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la municipalidad o a través de corporaciones municipales, de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal, y del estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de perfeccionamiento docente. En todo caso, deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal, y
  5. Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél puede requerir en virtud de la ley.
  6. Efectuar la visación de las solicitudes de pedido de las unidades municipales. 7. Atender los requerimientos específicos que le formule la Contraloría General de la República.
  7. Validar, a través de procesos de auditoría, el cumplimiento de metas del Programa de Mejoramiento de la Gestión.
  8. Dar cumplimiento a todas aquellas funciones no especificadas que el alcalde o la ley determinen.