Ilustre Municipalidad de Rengo

Dirección de Obras

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud de Permiso de Obra Menor firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto.
  2. Declaración Simple del Propietario de ser titular del dominio señalando la inscripción vigente en el Conservador de Bienes Raíces o copia del título de propiedad.
  3. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
  4. Declaración Simple del Arquitecto en la cual señala que el proyecto cumple con todos los artículos y normas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcción y su Ordenanza.
  5. Planos de Ubicación y Emplazamiento acotado, en este debe graficarse la edificación existente y la obra menor, con indicación de líneas, distanciamientos y puntos de aplicaciones de rasantes.
  6. Planos de Arquitectura, Planta, elevaciones y cortes debidamente acotados individualizando los recintos, de manera que se permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la obra menor y cuadro de superficies.
  7. Especificaciones Técnicas resumidas, detallando partidas relevantes.
  8. Patentes Profesionales además debe adjuntar las patentes profesionales vigentes de los profesionales que intervienen en el proyecto.

Trámites a realizar o etapas

  1. INFORMACIONES PREVIAS: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar informaciones previas.
  2. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  3. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión.
  4. REVISION DE SOLICITUD DE PERMISO Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas, usos de suelo, disposiciones del Plan Regulador y Normativa de Construcción vigente. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  5. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de construcción vigente se realiza el cálculo de derechos municipales a pagar.
  6. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales en oficina de rentas municipales.
  7. ENTREGA DE PERMISO E INICIO DE OBRAS: la secretaria de la dirección entrega al interesado el Permiso de Obra Menor, una copia de planos y una copia de las especificaciones técnicas del proyecto aprobado. El interesado junto a su profesional puede dar inicio a las obras.
  8. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes del permiso de obra menor otorgado.

Valor

1,5% del presupuesto, de acuerdo a lo establecido en el Nº2 del Art. 130º de la LGUC.

Lugar donde se realiza

Dirección de obras.

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 15 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL PERMISO OTORGADO: tramitado a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.
  4. VIGENCIA DE LOS PERMISOS: 3 años contados desde la fecha de emisión, plazo en el cual debe iniciar las obras. Su incumplimiento hace caducar automáticamente el permiso, dejándolo sin efecto: el trámite, las normas urbanísticas congeladas e incluido el pago de derechos municipales.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud de Permiso de Obra Menor de Ampliación de Vivienda Social (Formulario Minvu 1,5) firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto.
  2. Declaración Simple del Propietario de ser titular del dominio señalando la inscripción vigente en el Conservador de Bienes Raíces o copia del título de propiedad.
  3. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
  4. Informe del Arquitecto que suscribe el proyecto, que certfica la forma en que la ampliación cumple con las normas establecidas por la Ley y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
  5. Planos de Ubicación y Emplazamiento acotado y a escala, en este debe graficarse la edificación existente y la obra menor, con indicación de líneas, distanciamientos y puntos de aplicaciones de rasantes.
  6. Planos de Arquitectura, Planta, elevaciones y cortes escala 1:50, debidamente acotados individualizando los recintos, de manera que se permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la obra menor y cuadro de superficies.
  7. Especificaciones Técnicas resumidas, detallando partidas relevantes de las obra.
  8. Patentes Profesionales además debe adjuntar las patentes profesionales vigentes de los profesionales que intervienen en el proyecto.

Trámites a realizar o etapas

  1. INFORMACIONES PREVIAS: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar informaciones previas.
  2. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  3. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión y subsanar las observaciones emitidas dentro de los plazos máximos.
  4. REVISION DE SOLICITUD DE PERMISO Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas, usos de suelo, disposiciones del Plan Regulador y Normativa de Construcción vigente. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  5. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de construcción vigente se realiza el cálculo de derechos municipales a pagar.
  6. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales.
  7. ENTREGA DE PERMISO E INICIO DE OBRAS: la secretaria de la dirección entrega al interesado el Permiso de Obra Menor de Ampliación de Vivienda Social, una copia de planos y una copia de las especificaciones tecnicas del proyecto aprobado. El interesado junto a su profesional puede dar inicio a las obras.
  8. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes del permiso de obra menor de ampliación de vivienda social otorgado.

Valor

1,5% del presupuesto, de acuerdo a lo establecido en el Nº2 del Art. 130º de la LGUC, rebajados, a lo menos, en un 50%, con el sólo mérito de la presentación de los antecedentes.

Lugar donde se realiza

Dirección de Obras

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 15 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL PERMISO OTORGADO: tramitado a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.
  4. VIGENCIA DE LOS PERMISOS: 3 años contados desde la fecha de emisión, plazo en el cual debe iniciar las obras. Su incumplimiento hace caducar automáticamente el permiso, dejándolo sin efecto: el trámite, las normas urbanísticas congeladas e incluido el pago de derechos municipales.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud de Regularización de Obra Menor (Permiso y Recepción Definitiva) Edificación Antigua de cualquier destino (construida con anterioridad al 31/07/1959) Formulario Minvu 1,9 firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto.
  2. Declaración Simple del Propietario de ser titular del dominio señalando la inscripción vigente en el Conservador de Bienes Raíces o copia del título de propiedad.
  3. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
  4. Informe del Arquitecto que suscribe el proyecto, que certfica la forma en que la ampliación cumple con las normas establecidas por la Ley y la Ordenanza Gral de Urbanismo y Construcciones. Para efectos del cumplimiento de las normas de estabilidad, podrá adjuntarse un informe complementario de un profesional competente.
  5. Planos de Ubicación y Emplazamiento acotado y a escala, en este debe graficarse la edificación existente y la obra menor, con indicación de líneas, distanciamientos y puntos de aplicaciones de rasantes.
  6. Planos de Arquitectura, Planta, elevaciones y cortes escala 1:50, debidamente acotados individualizando los recintos, de manera que se permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la obra menor y cuadro de superficies.
  7. Especificaciones Técnicas resumidas, detallando partidas relevantes de las obra.
  8. Formulario único de estadísticas de edificación.
  9. Certificado de dotación de servicios sanitarios, instalaciones eléctricas interiores (TE1) y de gas (TC6), cuando proceda.
  10. Declaración de instalaciones eléctricas de ascensores y montacargas, cuando proceda.
  11. Documentación que demuestre la data de la construcción.
  12. Patente profesional de arquitecto.

Trámites a realizar o etapas

  1. INFORMACIONES PREVIAS: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar informaciones previas.
  2. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  3. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión y subsanar las observaciones emitidas dentro de los plazos máximos.
  4. REVISION DE SOLICITUD DE REGULARIZACION Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas, usos de suelo, disposiciones del Plan Regulador y Normativa de Construcción vigente. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  5. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de construcción vigente se realiza el cálculo de derechos municipales a pagar.
  6. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales.
  7. ENTREGA DE CERTIFICADO DE REGULARIZACION (Permiso y Recepción Definitiva): La Dirección de Obras con el sólo mérito de la presentación de la totalidad de los antecedentes señalados y acreditado el pago de los derechos municipales respectivos, otorgará si procede, el correspondiente certificado de regularización. Se entrega al interesado una copia del certificado de regularización, de los planos y de las especificaciones técnicas.
  8. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes de la Regularización de Edificación Antigua otorgada.

Valor

1,5% del presupuesto, de acuerdo a lo establecido en el Nº2 del Art. 130º de la LGUC.

Lugar donde se realiza

Dirección de obras

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 15 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL CERTIFICADO DE REGULARIZACION OTORGADO: tramitado a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.
  4. La Documentación que demuestre la data de la construcción: puede corresponder a medios de prueba gráficos o escritos, tales como planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales o de otros organismos públicos o informe realizado por una empresa u organismo certificador que acredite la antigüedad de la construcción.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud para Permiso de Edificación (formato MINVU): Debe completarse, firmada por el firmada por el propietario y arquitecto, ingeniero calculista y profesional constructor agregando sus fotocopias de título profesional y patente cuando corresponda a edificio de uso público, también será firmada por los revisores de arquitectura y de cálculo estructural adjuntando la autorización del MINVU al efecto y los informes favorables respectivos.
  2. Si cuenta con anteproyecto aprobado agregar copias de ese permiso y si no es así agregar toda documentación para anteproyectos numerales 2° al 7°.
  3. Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado emitido por ESSBIO para zonas urbanas y para sector rural sin cobertura de ESSBIO al presentar los proyectos de agua potable y alcantarillado aprobados por la autoridad sanitaria.
  4. Planos de arquitectura escala 1:50 en un nivel de desarrollo superior al anteproyecto, se detalla estructura soportante y materialidad, sistema constructivo completamente definido, se incluyen plano de cubierta, cierros, cbras exteriores (pavimentos, áreas verdes, estacionamientos, piscinas, jardines y quinchos).
  5. Cuadro de superficies, cálculo de carga de ocupación, destinos propuestos y cesiones a B.N.U.P. si lo hubiera,
  6. Especificaciones técnicas en estricto detalle a todas las partidas a ejecutar del proyecto, normas de seguridad contra incendio, ley de discapacidad, normativa térmica, planes de contingencia.
  7. Levantamiento topográfico del terreno, debidamente acotado firmado por el profesional competente que lo hizo y por el arquitecto proyectista.

Trámites a realizar o etapas

  1. INFORMACIONES PREVIAS: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar informaciones previas.
  2. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  3. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión.
  4. REVISION DE SOLICITUD DE PERMISO Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas, usos de suelo, disposiciones del Plan Regulador y Normativa de Construcción vigente. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  5. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de construcción vigente se realiza el cálculo de derechos municipales a pagar.
  6. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales en oficina de rentas municipales.
  7. ENTREGA DE PERMISO E INICIO DE OBRAS: la secretaria de la dirección entrega al interesado el Permiso de Obra Menor, una copia de planos y una copia de las especificaciones técnicas del proyecto aprobado. El interesado junto a su profesional puede dar inicio a las obras.
  8. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes del permiso de obra menor otorgado.

Valor

1,5% del presupuesto, de acuerdo a lo establecido en el Art. 130º de la LGUC.

Lugar donde se realiza

Dirección de obras.

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 15 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL PERMISO OTORGADO: tramitado a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.
  4. VIGENCIA DE LOS PERMISOS: 3 años contados desde la fecha de emisión, plazo en el cual debe iniciar las obras. Su incumplimiento hace caducar automáticamente el permiso, dejándolo sin efecto: el trámite, las normas urbanísticas congeladas e incluido el pago de derechos municipales.
  5. PROYECTO DE INGENIERIA, Todos los proyectos, excepto edificaciones clases C; D; E y F cuya carga ocupacional es inferior a 20 personas, deben agregar al expediente el proyecto de cálculo estructural que se especifica en el Art. 5.1.7. De la OGUC.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud firmada por el propietario del terreno y por el arquitecto proyectista, en la cual se incluirá una declaración jurada simple del propietario como titular del dominio.
  2. Certificado de avalúo fiscal vigente del terreno, original o copia autorizada por Notario.
  3. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
  4. Plano con graficación de la subdivisión predial existente y la propuesta a escala no menor a 1:1.000, con curvas de nivel al menos cada 2 m, dimensiones de los deslindes del terreno, identificación de los lotes resultantes y sus dimensiones, cuadro de superficies de los lotes resultantes y, en su caso, indicación de zonas de restricción y de riesgos que pudieren afectarlo. En caso de terrenos de más de 5 ha, las curvas de nivel podrán graficarse, a lo menos, cada 5 m. Además indicar los roles de avalúo de las propiedades vecinas y accidentes geográficos (cursos de agua, tendidos eléctricos, ductos u otras servidumbres que lo afecten), señalar Líneas Oficiales y de Edificación, el ancho de las vías vehiculares y peatonales existentes.
  5. Plano de ubicación del terreno a escala no inferior a 1:5.000, con indicación de las vías o espacios de uso público existentes en su proximidad y de otros elementos referenciales relevantes del lugar, que faciliten su identificación.

Trámites a realizar o etapas

  1. INFORMACIONES PREVIAS: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar informaciones previas.
  2. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  3. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión.
  4. REVISION DE SOLICITUD DE PERMISO Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas y disposiciones del Plan Regulador Comunal. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  5. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente se realiza el cálculo de derechos municipales a pagar.
  6. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales en oficina de rentas municipales.
  7. ENTREGA DE RESOLUCION DE APROBACION DE SUBDIVISIÓN, la secretaria de la dirección entrega al interesado la Subdivisión Aprobada, una copia de planos y una copia de la memoria explicativa, si hubiere.
  8. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes del proyecto de subdivisión aprobado.

Valor

2 % del avalúo fiscal del terreno, de acuerdo a lo establecido en el Art. 130º de la LGUC.

Lugar donde se realiza

Dirección de obras

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 30 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR LA SUBDIVISION APROBADA: a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud de Permiso de Fusión firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto.
  2. Declaración Simple del Propietario de ser titular de dominio de los predios, señalando la inscripción vigente en el Conservador de Bienes Raíces.
  3. Plano Firmado por declarante de dominio y por arquitecto proyectista.En el caso de Subdivisión y Fusión Simultánea se presentará una solicitud suscrita por el propietario de los predios involucrados, en la que declare, bajo su exclusiva responsabilidad ser titular del dominio del predio respectivo, acompañando un plano firmado por éste y por el arquitecto proyectista, en el que se grafique la situación anterior, la intermedia y la que se aprueba, indicando los lotes involucrados, sus roles, sus medidas perimetrales, la ubicación de los predios y un cuadro de superficies.
  4. Patentes Profesionales además debe adjuntar las patentes profesionales vigentes de los profesionales que intervienen en el proyecto.

Trámites a realizar o etapas

  1. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  2. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión.
  3. REVISION DE SOLICITUD DE PERMISO Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas, usos de suelo, disposiciones del Plan Regulador y Normativa de Construcción vigente. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  4. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de fusión o subdivisión-fusión.
  5. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales en oficina de rentas municipales.
  6. ENTREGA DE AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE: la secretaria de la dirección entrega al interesado el Permiso, copias de planos del proyecto aprobado.
  7. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes del permiso de obra menor otorgado.

Valor

20% UTM

Lugar donde se realiza

Dirección de obras

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 30 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR AUTORIZACIÓN OTORGADA: tramitado a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud firmada por el propietario del terreno y el arquitecto proyectista, en la cual se incluirá una declaración jurada simple del propietario como titular del dominio.
  2. Original o copia autorizada ante Notario del certificado de avalúo fiscal vigente.
  3. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas, salvo que en la solicitud se indique su número y fecha.
  4. Plano en que se grafique la situación actual del predio, con sus respectivos roles, a una escala adecuada para su comprensión, indicando las medidas de cada uno de los deslindes con los vecinos.
  5. Plano del anteproyecto de loteo, a escala no menor de 1:1.000, suscrito por el propietario y el arquitecto, que deberá contener lo señalado en el mismo numeral del el artículo 3.1.4. De la OGUC.
  6. Medidas de prevención de riesgos provenientes de áreas colindantes y/o del mismo terreno, cuando el Director de Obras Municipales lo exija en el certificado de informaciones previas.
  7. En caso que sobre el anteproyecto sometido a su consideración, el Director de Obras Municipales tuviere observaciones que formular, se estará al procedimiento que señala el artículo 1.4.9. De esta Ordenanza.
  8. Patentes Profesionales además debe adjuntar las patentes profesionales vigentes de los profesionales que intervienen en el proyecto.

Trámites a realizar o etapas

  1. INFORMACIONES PREVIAS: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar informaciones previas.
  2. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  3. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión.
  4. REVISION DE SOLICITUD DE PERMISO Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas, usos de suelo, disposiciones del Plan Regulador y Normativa de Construcción vigente. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  5. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de construcción vigente se realiza el cálculo de derechos municipales a pagar.
  6. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales en oficina de rentas municipales.
  7. ENTREGA DE ANTECEDENTES DEBIDAMENTE SUSCRITOS Y AUTORIZADOS: la secretaria de la dirección entrega al interesado copias de planos y memorias si correspondiera.
  8. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes del permiso de obra menor otorgado.

Valor

0,2 % del Avalúo Fiscal Vigente del Terreno

Lugar donde se realiza

Dirección de obras.

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 30 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM, sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 1.4.10. de la O.G.U.C.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL PERMISO OTORGADO: tramitado a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.
  4. VIGENCIA DE LOS PERMISOS: Entre 180 días y un año, según lo establecido en los numerales 1,2 y 3 del inciso segundo del artículo 1.4.11. de la O.G.U.C.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud firmada por el propietario del terreno y el arquitecto proyectista, en la cual se incluirá una declaración jurada simple del propietario como titular del dominio.
  2. Original o copia autorizada ante Notario del certificado de avalúo fiscal vigente.
  3. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas, salvo que en la solicitud se indique su número y fecha.
  4. Plano en que se grafique la situación actual del predio, con sus respectivos roles, a una escala adecuada para su comprensión, indicando las medidas de cada uno de los deslindes con los vecinos.
  5. Plano del anteproyecto de loteo si lo hubiere, a escala no menor de 1:1.000, suscrito por el propietario y el arquitecto, que deberá contener lo señalado en el mismo numeral del el artículo 3.1.4. de la OGUC. De no existir aprobación de anteproyecto se omite este requisito.
  6. Medidas de prevención de riesgos provenientes de áreas colindantes y/o del mismo terreno, cuando el Director de Obras Municipales lo exija en el certificado de informaciones previas.
  7. En caso que sobre el anteproyecto sometido a su consideración, el Director de Obras Municipales tuviere observaciones que formular, se estará al procedimiento que señala el artículo 1.4.9. De esta Ordenanza.
  8. Patentes Profesionales además debe adjuntar las patentes profesionales vigentes de los profesionales que intervienen en el proyecto.
  9. Plano de loteo con las características del número 5 del artículo 3.1.4
  10. Planos de los proyectos de urbanización, debidamente firmados por los profesionales competentes, incluyendo, cuando el proyecto consulte tales instalaciones, los correspondientes a redes de agua potable y alcantarillado de aguas servidas y aguas lluvias, redes de electrificación, alumbrado público, gas, tele- comunicaciones,   pavimentación y sus obras complementarias, plantaciones y obras de ornato, y obras de defensa del terreno, todos ellos con sus respectivas especificaciones técnicas.
  11. Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado, para la densidad propuesta, emitido por la empresa de servicios sanitarios correspondiente.   De no existir empresa de servicios sanitarios en el área se deberá presentar un proyecto de agua potable y alcantarillado, aprobado por la autoridad respectiva.
  12. Memoria explicativa del loteo.
  13. Deberá adjuntarse las memorias explicativas y especificaciones técnicas de los proyectos de urbanización.

Trámites a realizar o etapas

  1. INFORMACIONES PREVIAS: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar informaciones previas.
  2. PATROCINIO DE UN ARQUITECTO: el interesado debe contratar los servicios de un profesional arquitecto que patrocine el proyecto y arme el expediente a tramitar.
  3. INGRESO A TRAMITE DEL EXPEDIENTE: el interesado debe Ingresar expediente completo a la Dirección de Obras para su revisión.
  4. REVISION DE SOLICITUD DE PERMISO Y SUS ANTECEDENTES: especialmente las normas urbanísticas, usos de suelo, disposiciones del Plan Regulador y Normativa de Construcción vigente. Tramite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para pago de derechos.
  5. CÁLCULO DE DERECHOS MUNICIPALES: Una vez que se cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de urbanización y construcción vigente se realiza el cálculo de derechos municipales a pagar.
  6. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales en oficina de rentas municipales.
  7. ENTREGA DE PERMISO E INICIO DE OBRAS: la secretaria de la dirección entrega al interesado el Permiso de Obra Menor, una copia de planos y una copia de las especificaciones técnicas del proyecto aprobado. El interesado junto a su profesional puede dar inicio a las obras.
  8. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes del permiso de obra menor otorgado.

Valor

2 % del Avalúo Fiscal Vigente del Terreno

Lugar donde se realiza

Dirección de obras.

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 30 días contados desde la fecha de ingreso del expediente a la DOM, sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 1.4.10. de la O.G.U.C.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas y reingresar el expediente a la Dirección de Obras Municipales.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL PERMISO OTORGADO: tramitado a partir del quinto día desde la fecha del pago de los derechos municipales.
  4. VIGENCIA DE LOS PERMISOS: Entre 180 días y un año, según lo establecido en los numerales 1,2 y 3 del inciso segundo del artículo 1.4.11. de la O.G.U.C.

Requisitos y Antecedentes

Solicitud de Recepción Definitiva de Obras de Edificación firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto, se acompañará el legajo de antecedentes que comprende el expediente completo del proyecto construido, en que se encuentren incluidos la totalidad de las modificaciones y los certificados de recepción de las instalaciones contempladas en las especificaciones técnicas aprobadas, acompañando:

  1. INFORME DEL CONSTRUCTOR o de la empresa o profesional distinto del constructor, según corresponda, en que se detallen las medidas de gestión y de control de calidad adoptadas durante la obra y la certificación de su cumplimiento. En dicho informe deben incluirse las exigencias señaladas en el artículo 5.8.3. de este mismo Título.
  2. CERTIFICADO DE DOTACION DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, emitido por la Empresa de Servicios Sanitarios que corresponda o por la autoridad sanitaria, según proceda.
  3. DOCUMENTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 5.9.2 Y 5.9.3, según se trate de instalaciones eléctricas interiores o instalaciones interiores de gas, respectivamente, cuando proceda.
  4. AVISO DE INSTALACION y planos correspondientes a las redes y elementos de telecomunicaciones, cuando proceda.
  5. DECLARACION DE INSTALACIONES ELECTRICAS de ascensores y montacargas inscrita por el instalador autorizado en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la cual registrará la inscripción. Certificado del fabricante o instalador de ascensores indicando que la instalación está conforme a las normas vigentes, dirigido a la Dirección de Obras Municipales respectiva.
  6. DECLARACION DE INSTALACIONES DE CALEFACCION, central de agua caliente y aire acondicionado, emitida por el instalador, cuando proceda.
  7. CERTIFICADO DE ENSAYOS DE LOS HORMIGONES, Además, deberá acompañarse una declaración en el sentido de si ha habido o no cambios en el proyecto aprobado. Si los hubiere habido, deberán adjuntarse los documentos actualizados en los que incidan tales cambios. Si las modificaciones inciden en el proyecto de cálculo estructural, deberán adjuntarse, debidamente modificados, los documentos a que se refiere el artículo 5.1.7. Tratándose de proyectos de cálculo estructural que deben someterse a revisión conforme al artículo 5.1.25., estos documentos deberán estar visados por el Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural.

Trámites a realizar o etapas

  1. SOLICITUD DE RECEPCION DEFINITIVA DE OBRAS DE EDIFICACION: el interesado debe acercarse a la Dirección de Obras a solicitar esta solicitud.
  2. INGRESO A TRAMITE DE LA SOLICITUD DE RECEPCION: el interesado debe Ingresar la solicitud de recepción definitiva de obras de edificación en la Dirección de Obras para su revisión y coordinar visita.
  3. VISITA A LA OBRA DE EDIFICACION: funcionarios de la Dirección de Obras proceden a visitar la obra, para verificar la ejecución de la obra según proyecto aprobado (permiso de edificación). Si en la visita se detectan observaciones se debe reingresar la solicitud previa corrección de todas las observaciones.
  4. PAGO DE DERECHOS: El interesado cancela los derechos municipales.
  5. ENTREGA DE CERTIFICADO DE RECEPCION DEFINITIVA DE OBRAS DE EDIFICACION: la secretaria de la dirección entrega al interesado el certificado de recepción.
  6. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE: La Dirección de Obras procede a archivar el certificado de recepción en el expediente del permiso de edificación.

Valor

7% de la UTM al momento de girar el derecho municipal, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Alcaldicio N° 789 del 24 de Octubre de 2006

Lugar donde se realiza

Dirección de obras.

Información Complementaría

  1. PLAZO PARA VISITA: 7 días desde el ingreso de la solicitud.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: 60 días desde la visita, transcurrido este plazo se debe ingresar una nueva solicitud con toda la documentación al respecto.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL CERTIFICADO DE RECEPCION OTORGADO: 7 días desde la visita sin observaciones.
  4. VIGENCIA DEL CERTIFICADO DE RECEPCION: Pierde su vigencia una vez que el proyecto aprobado y recepcionado, es modificado.

Requisitos y Antecedentes

  1. Solicitud de recepción definitiva total o parcial de las obras de urbanización, firmada por el urbanizador de los terrenos y el arquitecto proyectista del loteo, o demás casos contemplados en el artículo 2.2.4. De la OGUC.
  2. Certificado de ejecución de la pavimentación y sus obras complementarias, emitido por el Servicio Regional de Vivienda y Urbanización (SERVIU).
  3. Certificado de ejecución de las redes y obras complementarias de agua potable y alcantarillado de aguas servidas y aguas lluvias cuando corresponda, emitido por la respectiva empresa de servicio público sanitario que corresponda.
  4. Certificado de ejecución de las redes y obras complementarias de electrificación y alumbrado público, emitido por la empresa de servicio público de distribución de energía eléctrica que corresponda.
  5. Certificado de ejecución de las redes de gas y sus obras complementarias, emitido por la empresa de servicio público de gas, cuando proceda.
  6. Planos y certificados de ejecución de las obras complementarias de urbanización, emitidos por las instituciones competentes, cuando se trate de modificaciones de los cursos de agua o de las redes de alta tensión, entre otras.
  7. Certificado de ejecución de las plantaciones y obras de ornato, emitido por la Secretaria de Planificación Comunal del municipio.
  8. Certificado de instalación de las señales del tránsito, emitido por el Departamento de Tránsito municipal.
  9. Plano de loteo definitivo que incluirá todas las modificaciones que se hayan introducido al plano aprobado durante la ejecución de las obras y que incluirá las servidumbres que hayan considerado las obras por recibirse.

Trámites a realizar o etapas

  1. INGRESO A TRAMITE DE LA SOLICITUD DE RECEPCIÓN Y PAGO DE DERECHOS: Terminadas todas las obras que contempla un permiso de ejecución de obras de urbanización o parte de él que pueda habilitarse independientemente, se solicitará su recepción definitiva total o parcial al Director de Obras Municipales. Para estos efectos, el urbanizador deberá ingresar la solicitud respectiva junto con todos los antecedentes requeridos de acuerdo a la complejidad del proyecto, a la Dirección de Obras para su revisión, previo pago de los derechos por concepto de emisión del certificado.
  2. REVISION DE SOLICITUD DE RECEPCIÓN Y SUS ANTECEDENTES: de acuerdo a las especificaciones técnicas y diseño aprobado se procede a verificar que se encuentren anexados los certificados de los organismos competentes, que acrediten la correcta ejecución de las obras de urbanización.
  3. VISITA A TERRENO: el director de obras realiza una visita para constatar que las obras ejecutadas corresponden a la resolución de loteo o urbanización aprobada, además de verificar el cumplimiento de los perfiles aprobados y los definidos por el Plan Regulador Comunal. Trámite que concluye con un Acta de Observaciones o la autorización para emitir el Certificado de Recepción Definitiva parcial o total del proyecto.
  4. ENTREGA DEL CERTIFICADO DE RECEPCION DEFINITIVA DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN, la secretaria de la dirección entrega al interesado el certificado de recepción definitiva parcial o total del proyecto de loteo o urbanización.
  5. ARCHIVO DEL CERTIFICADO: La Dirección de Obras procede a archivar los antecedentes de la recepción en el expediente del permiso respectivo.

Valor

7 % de la UTM

Lugar donde se realiza

Dirección de obras

Información Complementaría

  1. PLAZO REVISION: 7 días contados desde la fecha de ingreso de la solicitud a la DOM.
  2. PLAZO PARA SUBSANAR OBSERVACIONES: el interesado tiene un plazo máximo de 60 días contados desde la notificación del acta de observaciones, para corregirlas.
  3. PLAZO PARA RETIRAR EL CERTIFICADO DE RECEPCION DEFINITIVA APROBADA: a partir del quinto día desde el visto bueno emitido por el Director de Obras, luego de la visita a terreno.
  4. GARANTIA DE OBRAS DE URBANIZACIÓN (art. 136º de la LGUC Y ART. 3.3.1 DE LA OGUC): En los loteos con construcción simultánea y en los Loteos D.F.L. Nº2, las Direcciones de Obras podrán autorizar que se garantice la ejecución de las obras de urbanización pendientes, siempre que las obras de edificación respectivas hayan sido ejecutadas y las edificaciones puedan habilitarse independientemente.

Requisitos y Antecedentes

Tener 60 años en adelante, vivir en la comuna de Rengo.

Trámites a realizar o etapas

  1. Dirigirse a DIDECO, al segundo edificio.
  2. Ubicar la oficina del adulto mayor, donde se encontraba la coordinadora o la secretaria del programa, quienes darán las orientaciones necesarias según su requerimiento.
  3. La respuesta puede ser inmediata según sea la necesidad de la persona.

Horario de atención: LUNES A VIERNES DE 8:30 A 17:30