Administración Municipal

El Administrador Municipal depende directamente del Alcalde y tiene por objeto coordinar, supervisar y gestionar estratégicamente la organización del Municipio de acuerdo a los planes y programas vigentes y a las atribuciones establecidas en este Reglamento, en la Ley y en las que le delegue el Alcalde.

Esta dependencia colabora directo en las tareas de coordinación y gestión permanente del Municipio y en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal.

  1. Dirigir y coordinar de manera permanente a todas las unidades municipales.
  2. Colaborar con el Alcalde en la elaboración y seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Acción Municipal, que contiene las políticas, planes y programas de la Municipalidad, mediante el control de cumplimiento de las metas definidas.
  3. Velar por el cumplimiento de la estrategia de la organización en cuanto a las unidades que la componen, a sus encargados y a la distribución de funciones, reorganizando aquellos que así lo requieran.
  4. Coordinar con las unidades correspondientes la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal, esto es, Pladeco, Presupuesto y Plan Regulador y en la formulación de políticas de gestión interna.
  5. Asesorar al Alcalde en conjunto con el Departamento de Personas en materias de administración, capacitación y desarrollo del personal.
  6. Dar cumplimiento en lo que le corresponda a la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, tanto activa como pasiva.
  7. Elaborar e implementar un sistema regular de evaluación y percepción de los servicios municipales.
  8. Implementar, operar y mantener en su Dirección, según su función, las actividades y procesos que se establezcan.
  9. Ejercer las facultades delegadas por el Alcalde, en conformidad con la Ley y las demás funciones que se le encomienden.